Casas de Acogida

Gracias por tu interés en ayudar a estos geniales amigos.
Nuestro refugio se queda siempre pequeño, la demanda de espacio es cada vez más grande y sobre todo en verano.   Hay montones de camadas abandonadas en contenedores, perros atados bajo el sol y la lluvia y abandonados por los campos.

A pesar de que muchos son adoptados, la cantidad de entradas es siempre muy superior.  El riesgo que se corre al tener una población muy numerosa es grande;
Peleas, generalmente son muy feroces,
cualquier enfermedad, especialmente la parvovirosis, es una tragedia ya que es altamente contagiosa y afecta a los cachorros, los cuales pueden morir en cuestión de hora si no se atiende rápidamente.
Las castraciones necesitan una recuperación de al menos 4 días en un ambiente limpio de tierra, fresco y desinfectado, con supervisión en los puntos.
Otros amigos pueden necesitar tratamiento de pastillas dos veces al día y los voluntarios, que trabajan y/o estudian, generalmente pueden ir una vez al día para limpiar y poner comida y agua.  Otros necesitan un hogar temporal cuando el refugio está a tope y si lo dejamos en la calle puede terminar en la perrera con el consabido final del sacrificio.

Nos cuesta mucho decir que no a un perro abandonado, necesitado de cariño y de atención veterinaria, por eso NECESITAMOS TU AYUDA, por favor si estás interesad@ en proporcionarles acogida temporal a nuestros amigos, ponte en contacto via mail:  lafortalezablog@gmail.com.

Los pasos son muy simples:
Se hace una visita a la casa donde vaya a estar el perro.
Se comprueba que el perro y la persona y /o familia son compatibles
Se llena un contrato de Acogida Temporal y Listo !

GRACIAS POR NO DEJARME SOLO

que necesitan 
de acogida temporal, 
pincha aqui 

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muchas gracias por su interés

Código Penal sobre el maltrato animal

Artículo 337.

Los que maltrataren con ensañamiento e injustificadamente a animales domésticos causándoles la muerte o provocándoles lesiones que produzcan un grave menoscabo físico serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año e inhabilitación especial de uno a tres años para elejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales.

Artículo 631.

1. Los dueños o encargados de la custodia de animales feroces o dañinos que los dejaren sueltos o en condiciones de causar mal serán castigados con la pena de multa de 20 a 30 días.

2. Quienes abandonen a un animal doméstico en condiciones en que pueda peligrar su vida o su integridad serán castigados con la pena de multa de 10 a 30 días.


Amigos de la Fortaleza